Derechos del Paciente

Miembros del directorio de CIMAC, profesionales prestadores y colaboradores que se desempeñan en esta Institución procuramos brindar a nuestros pacientes una atención de calidad, que respete su identidad individual y la dignidad humana. Por esto nos comprometemos a cumplir y hacer cumplir todos los derechos del paciente según lo establece la Ley Nacional 26.529:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/160432/norma.htm

Asistencia

El paciente tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud con prontitud y competencia, de acuerdo con los recursos de la ciencia médica actual y conforme a la ética profesional.

 

Trato digno y respetuoso

El paciente tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso, acorde a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con su condición sociocultural, de género, de pudor y su intimidad, cualquiera sea su padecimiento.

 

Intimidad

Todo acto médico debe realizarse con el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos, realizándose siempre en sitios que garanticen la privacidad visual y auditiva correspondiente.

 

Confidencialidad

El paciente tiene derecho a que todas las personas que se vean involucradas en el manejo de su información clínica la protejan y guarden debida reserva, salvo las excepciones que emanen de la autoridad judicial o autorización expresa del propio paciente.

 

Autonomía de la voluntad

El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar terapias o procedimientos médicos o biológicos, expresando o no las causas que lo motivan, como así también a cambiar posteriormente su decisión.

 

Información clínica y consentimiento informado

El paciente tiene derecho a recibir toda la información pertinente vinculada a su salud, en términos comprensibles, de forma precisa, completa y segura. Esta información debe ser la suficiente para que el paciente preste su consentimiento y que esto sea el resultado de una decisión personal, consciente y deliberada. Del mismo modo este consentimiento puede ser revocado por el propio paciente y los profesionales actuantes deben aceptar tal voluntad.

Consentimiento Informado

Es la declaración voluntaria que hace el paciente o su representante legal. Se emite luego de recibir del profesional interviniente información clara, precisa y adecuada con respecto a su estado de salud, tratamientos, procedimiento o cirugías que fuera necesario realizar, los beneficios esperados, los riesgos y molestias posibles y los efectos adversos previsibles, los tratamientos alternativos y las consecuencias de la no realización del procedimiento propuesto. Ningún paciente puede ser sometido a exámenes o tratamientos clínicos o quirúrgicos sin su consentimiento libre e informado, excepto disposición legal en contrario.

El consentimiento informado podrá ser verbal excepto en los casos que a continuación se detallan, en que debe quedar por escrito: internación, intervención quirúrgica, procedimientos de diagnóstico y terapéuticos invasivos y todos los procedimientos que implican riesgo. La revocación del consentimiento informado también debe realizarse por escrito.

 

Interconsulta

El paciente tiene derecho a solicitar una segunda opinión o interconsulta, sin que esto repercuta en su derecho a la debida atención.

 

Acceso a la información

El paciente tiene derecho a que se guarde estricta confidencialidad sobre toda la información clínica, asumiendo que le pertenece. Por lo tanto, la institución debe conservar sus registros de forma adecuada, completa, íntegra, auténtica, inalterable, perdurable y recuperable. La información clínica no será revelada a terceros sin autorización escrita, salvo las excepciones contempladas por la ley. Así mismo el paciente tiene derecho a que se acepte su voluntad cuando él deseara compartirla con la familia o con terceros en determinadas circunstancias.

Nuestro Compromiso

A los fines de promover la conciencia de los derechos del paciente y favorecer su cumplimiento, directorio, profesionales prestadores, y todos los colaboradores de CIMAC nos comprometemos a:

  • Escuchar a los pacientes en el caso que surjan problemas, quejas, solicitudes y/o necesidades.
  • A facilitarle al paciente asistencia espiritual en caso de que lo deseara, de acuerdo a su religión.
  • A aceptar la voluntad del paciente a disponer del propio cuerpo, aceptando o rechazando tratamientos.
  • A aceptar las decisiones del paciente sobre el final de su vida, siendo éstas a través de directivas anticipadas, en donde el paciente podrá establecer su voluntad de rechazar tratamientos desproporcionados.
  • A bridar a los pacientes tratamiento para el dolor y a acompañarlos en la toma de decisiones acerca de estos.
  • A llamar a los pacientes por su nombre y a que conozcan los nombres de todos los colaboradores de la institución que se involucren en la atención.
  • A velar por que en el establecimiento no ocurran hechos de violencia, agresión o abuso que pudieran afectar a los pacientes, así como denunciarlos y colaborar para resolverlos en caso de que ocurrieran.

Colaboración del paciente y su entorno

Para el adecuado desarrollo de la atención sanitaria le solicitamos a nuestros pacientes y su entorno familiar que colaboren con:

  • Conocer sus derechos y responsabilidades y cumplirlos razonablemente.
  • Brindar información veraz, completa y exacta sobre sus antecedentes clínicos, enfermedades, medicación que esté recibiendo, su identidad, y demás información que permita una atención integral.
  • Colaborar en las indicaciones diagnósticas y cumplir las recomendaciones, prescripciones, tratamiento o procedimiento general al que haya aceptado voluntariamente someterse.
  • Aceptar los resultados de sus decisiones libres e informadas.
  • Mantener conductas que permitan tener tranquilidad y una buena convivencia.
  • Dirigirse con respeto a las personas, sean pacientes o colaboradores de la Institución y respetar las normas vigentes establecidas.
  • Cuidar y hacer buen uso de las instalaciones, los materiales y equipos médicos que se pongan a su disposición.
  • Evitar conductas que interfieran en el bienestar y los derechos de otros pacientes.
  • No fumar dentro de las instalaciones de CIMAC como medida de autocuidado y cumplimento de la Ley Nacional 26.687.
    (http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/180000-184999/183207/norma.htm)